Derecho Penal
Defensa técnica en investigaciones y procesos bajo el Nuevo Código Procesal Penal: denuncias, prisión preventiva, terminación anticipada, apelaciones y ejecución. Querellas y defensa de la víctima.
NCPP · Código Penal Leer artículoPatrocinio integral ante el Poder Judicial, el Ministerio Público y la administración pública en todo el Perú. Derecho Penal, Civil, Administrativo, Laboral y Corporativo, con estrategia, rigor y resultados.
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NCPP · Código Penal Leer artículoContratos, obligaciones, responsabilidad civil, desalojos, prescripción adquisitiva, otorgamiento de escritura, títulos supletorios y procesos de conocimiento y sumarísimos.
Código Civil · Código Procesal Civil Leer artículoProcedimientos administrativos ante entidades del Estado, recursos de reconsideración y apelación, procesos contencioso-administrativos, sanciones y responsabilidad funcional.
TUO Ley N° 27444 · D.L. 1272 Leer artículoDespidos arbitrarios, beneficios sociales, reposición, indemnización, hostigamiento y procesos ante la Autoridad de Trabajo y el Poder Judicial. Defensa de trabajadores y empleadores.
D.S. 003-97-TR · Ley N° 29497 Leer artículoConstitución de sociedades, juntas y acuerdos, contratos mercantiles, reorganización societaria, cumplimiento normativo y asesoría permanente a empresas y emprendimientos.
Ley General de Sociedades N° 26887 Leer artículoSolución de conflictos por vías alternativas: conciliación extrajudicial con acta con valor de título de ejecución, y arbitraje de derecho. Dirigimos el centro "Asunto Resuelto".
Ley N° 26872 · D.L. 1071 Leer artículoAbogado por la Universidad Nacional de Tumbes, con más de 13 años de ejercicio y una práctica que abarca el Derecho Penal, Civil, Administrativo, Laboral y Corporativo. Su formación en gestión pública aporta una mirada estratégica en los procesos frente al Estado.
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Sí. Tienes derecho a un abogado defensor desde la primera diligencia, y declarar sin asesoría puede perjudicarte. Recuerda que también tienes derecho a guardar silencio: no estás obligado a declarar contra ti mismo. Antes de cualquier declaración, conviene revisar la carpeta fiscal y preparar tu defensa.
Es una medida que priva de libertad al investigado mientras dura el proceso. El juez solo puede dictarla si concurren graves elementos de convicción, una pena probable alta y peligro procesal (de fuga u obstaculización). Una defensa oportuna puede evitar que se dicte, lograr su cese o que se sustituya por comparecencia con restricciones.
Procede un proceso de desalojo. Según el caso (falta de pago, vencimiento del contrato u ocupante precario) existen vías más o menos rápidas; algunos contratos permiten un desalojo acelerado. Reúne el contrato, los recibos y las comunicaciones: con eso se plantea la demanda y se busca recuperar el inmueble en el menor tiempo posible.
Posiblemente sí, mediante la prescripción adquisitiva de dominio. Si has poseído el bien de forma continua, pacífica y pública como propietario durante el plazo que exige la ley, puedes solicitar que se te declare dueño. Se evalúa cada caso y la prueba de la posesión.
Si el despido fue arbitrario (sin causa justa o sin el procedimiento legal), según tu caso puedes reclamar una indemnización o, en ciertos supuestos, la reposición en tu puesto. Además puedes exigir beneficios sociales pendientes (CTS, gratificaciones, vacaciones). Hay plazos para reclamar, así que conviene actuar pronto.
D.S. 003-97-TR · Ley N° 29497
Probablemente sí. Por el principio de primacía de la realidad, si en los hechos hay subordinación, horario y pago regular, la relación se considera laboral aunque el contrato diga 'locación de servicios'. Eso te da derecho a los beneficios de un trabajador en planilla, que pueden reclamarse.
Sí. Puedes impugnar la resolución dentro del plazo mediante recurso de reconsideración (ante la misma autoridad, con nueva prueba) o de apelación (ante el superior). Agotada la vía administrativa, puedes acudir al Poder Judicial con un proceso contencioso-administrativo. Los plazos son cortos y perentorios, no los dejes vencer.
TUO de la Ley N° 27444
Opera el silencio administrativo. Según el procedimiento, puede ser positivo (tu solicitud se entiende aprobada) o negativo (te habilita a seguir impugnando). Determinar cuál aplica a tu trámite es clave para saber cómo continuar y no perder tu derecho.
Depende de tu actividad, número de socios y cómo quieras manejar la responsabilidad. Las formas más usadas son la S.A.C., la S.A., la S.R.L. y la E.I.R.L., cada una con reglas distintas sobre capital, órganos y responsabilidad. Una buena elección desde el inicio, con un estatuto bien redactado, evita conflictos futuros.
Ley General de Sociedades N° 26887
Muchos conflictos se previenen con un buen convenio de socios y cláusulas claras sobre decisiones, ingreso y salida. Si el conflicto ya existe, se evalúan las vías societarias (juntas, acuerdos, exclusión o separación) y, de ser el caso, el arbitraje. Lo importante es actuar antes de que el problema paralice la empresa.
En varias materias sí: la conciliación extrajudicial es un requisito previo para poder acudir al Poder Judicial. Además, el acuerdo al que se llega queda en un acta con valor de título de ejecución, lo que la hace muy conveniente. Te orientamos si tu caso requiere conciliar primero.
Ley N° 26872
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